jueves, 17 de enero de 2013

Trata de personas: entre todos podemos evitar nuevas victimas, reflexionemos

Por Viviana Pitman La Trata de Personas, conocida hoy en día como la “esclavitud del siglo XXI”, es un delito que atenta contra los Derechos Humanos pues vulnera la esencia misma de la persona: vida, libertad, integridad y dignidad. Es una forma de esclavitud (sexual o laboral) que involucra el secuestro, el engaño o la violencia. Según la Ley Argentina sobre Trata de personas La ley Nº 26.364 / 2008 la define como: la captación, el transporte y/o traslado — ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas mayores de dieciocho (18) años de edad, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta (art. 2). Además, se entiende por trata de menores el ofrecimiento, la captación, el transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior—, la acogida o la recepción de personas menores de dieciocho (18) años de edad, con fines de explotación. Existe trata de menores aun cuando no mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima. El asentimiento de la víctima de trata de personas menores de dieciocho (18) años no tendrá efecto alguno (art.3) Las víctimas de trata suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo u ofertas engañosas que no aclaran las condiciones en las que se va a realizar el trabajo ofrecido) y trasladadas hasta el lugar donde serán explotadas. En los lugares de explotación, las víctimas son retenidas por sus captores mediante amenazas, deudas, mentiras, coacción, violencia, etcétera, y obligadas a prostituirse o trabajar en condiciones infrahumanas. Los elementos principales de la definición son los siguientes:  La captación (mediante secuestro o engaño).  El traslado (al interior de un mismo país, o entre países).  La finalidad de explotación –principalmente sexual o laboral- mediante amenazas, violencia, coacción, etcétera. Es decir que la trata de personas es un proceso que incluye diversas acciones: El reclutamiento o secuestro, el traslado (ya sea dentro de un mismo país, o entre diferentes países), la recepción y alojamiento de la víctima en el lugar de destino, y su explotación en un contexto de amenazas, engaño, coacción y violencia. Esta secuencia de acciones es llevada a cabo por redes o asociaciones criminales (redes de tratantes), cuyos diferentes miembros identifican y reclutan a las futuras víctimas; organizan, gestionan y financian su traslado; son dueños, administradores o regentes de los lugares donde las explotan, o “alquilan” a las víctimas a terceros a cambio de una renta. Los tratantes se aseguran mediante amenazas, engaños, deudas y violencia que las víctimas no puedan pedir ayuda. En general, los tratantes retienen los documentos de las víctimas como una forma más de coacción. En el caso de extranjeros y extranjeras, les amenazan con la deportación o la cárcel. Sin duda el caso mas emblemático por el cual la mayor parte de la sociedad argentina comenzó a “correr el velo de los ojos “y conocer sobre la existencia de este flagelo, fue lo sucedido con “Marita Verón”, y la lucha de su madre Susana Trimarco, quien desde hace diez años, en forma ininterrumpida, investiga, se involucra, sigue pistas e indaga, sobre la situación y el destino, no solo de su hija, sino de la desaparición de muchas jóvenes quienes, merced a su trabajo, ha logrado recuperar de estas redes de trata. Esta madre, quien cumplió las funciones de investigación que le correspondían a la Justicia, presencio el fallo judicial adverso que dejaba en libertad a los principales sospechosos de haber secuestrado a su hija. Este hecho de gran impacto social, fue el desencadenante principal que acelero la aprobación de las modificaciones en la legislación. La cámara baja sancionó la norma. La iniciativa amplía las penas y otorga más derechos a las víctimas. La Trata de personas pasará a ser un delito no excarcelable. Algunos datos relevantes La Trata de personas es el comercio ilegal de personas físicas con propósitos de esclavitud reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, o cualquier forma moderna de esclavitud. Es un delito internacional de que viola los derechos humanos, también se lo denomina la esclavitud del siglo XXI. Se calculan 4 millones de víctimas de la trata por año. La mayor parte son niñas, niños y mujeres. Y en América Latina son 2 millones las víctimas de explotación sexual, comercial o laboral. Para tener una idea, la Trata mueve US$ 6.600 millones en América Latina. Se trata de un tema tan frágil, escabroso y cruel que aqueja a nuestro país y al mundo entero. La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacionales define de esta manera a la trata de personas: “La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.” ¿QUE HAGO SI CONOSCO ALGUN CASO O SOSPECHO SOBRE LA TRATA DE PERSONAS? ..Veamos a continuación un ejemplo de relatado por una víctima de trata. Este es el relato de una víctima de trata para explotación sexual: “Me ofrecieron empleo en un restaurante en la capital, a casi 400 km. de mi casa. Como en mi pueblo no había trabajo, acepté. Me adelantaron $ 200 y me dieron el pasaje en ómnibus. Cuando llegué a la dirección que me habían dado, me dijeron que el restaurante era a unas cuadras, y me llevaron en auto. Pero cuando llegamos, no era una parrilla: era una whiskería. Me encerraron, me pegaron, me violaron y me obligaron a prostituirme. Además, me dijeron que si le decía algo a alguien, esto mismo se lo harían a mis hijas, ya que sabían dónde vivían... Nunca pensé que me pudiera pasar una cosa así…” Observemos esto: Captación mediante engaño: a la víctima la engañaron respecto del trabajo a realizar ya que le ofrecieron trabajo en un restaurante. Traslado: la víctima fue trasladada dentro del mismo país (trata interna). Finalidad de explotación: una vez que llegaron al lugar de destino, se develó la finalidad de explotación con la que fueron captadas y trasladadas: explotación sexual. Las amenazas y la violencia impidieron a la víctima escaparse o denunciar la situación. A esto se suma el hecho de no conocer a nadie en el lugar de destino. La modificación plantea, como aspecto relevante, más derechos para las víctimas porque, además de buscar y condenar a los culpables del delito, intenta dar un salto en la Prevención. Y es aquí donde debemos participar, acompañar e involucrarnos todos para que hechos como los de “Marita Veron” y tantas jóvenes, no vuelvan a ocurrir nunca más. Es fundamental tener en cuenta que la ley, además de contemplar la ampliación las condenas para los delitos de explotación sexual simple entre 2 y 4 años, mientras que la agravada establecía penas de prisión de 5 a 15 años cuando las víctimas hubiesen quedado embarazadas o fueran menores de edad. Se propone también, para las víctimas que tengan que testificar en un juicio, que las declaraciones sean realizadas por un psicólogo designado por el tribunal y en ningún caso por las partes. Otro de los puntos principales de la modificación es que el consentimiento de la víctima no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal para los autores del delito. Además, ordena la creación de un registro de estadísticas, sobre la base de un sistema sincronizado de denuncias que deberá resguardar los datos durante 10 años, con fines de investigación. A NIVEL NACIONAL Funciona la Oficina de Rescate y Acompañamiento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, quien recibe denuncias las 24 horas los 365 días del año. Los denunciantes pueden llamar al (011) 5300-4014 o al 5300-4042- También, pueden enviar un correo electrónico a oficinarescate@jus.gov.ar Psicólogos, trabajadores sociales y abogados, que, acompañan a las víctimas desde el rescate o su escape del lugar de explotación. Se denomina "Explotación" a: -Reducir o mantener a una persona en condición de esclavitud o servidumbre o someterla a prácticas análogas. - Obligar a una persona a realizar trabajos o servicios forzados. - Promover, facilitar, desarrollar u obtener provecho de cualquier forma de comercio sexual. -Practicar extracción ilícita de órganos o tejidos humanos. La Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual tiene a su cargo la aplicación y cumplimiento del Decreto PEN N° 936/2011 que establece la prohibición de la publicación de avisos de comercio sexual, por cualquier medio, con el fin de prevenir la trata de personas y erradicar paulatinamente los patrones socioculturales que reproducen la desigualdad de género y sostienen o generan violencia contra las mujeres. Asimismo, articula sus acciones con el Consejo Nacional de las Mujeres, con la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata. Son sus Funciones: Monitorear los medios a los fines de constatar que no se publiquen avisos que promuevan la oferta sexual; que soliciten personas destinadas al comercio sexual o que persigan estas finalidades aún cuando refieran a actividades lícitas. Recibir denuncias sobre la publicación de este tipo de avisos. Imponer o requerir sanciones por incumplimientos a lo establecido en la norma. ¿Cómo realizar una denuncia? Cualquier persona puede denunciar en forma personal o de manera anónima la publicación de avisos de oferta sexual y de demanda de personas destinadas al comercio sexual, sean éstos explícitos o implícitos. La denuncia debe detallar el nombre del medio, su fecha de publicación y la modalidad bajo la cual se publicó el/los aviso/s objeto/s del incumplimiento -medio gráfico, página web, u otro-. En el caso de tratarse de un medio gráfico, la denuncia deberá contener el aviso, la fecha de publicación y la página original en la que está publicado el aviso en cuestión. Respecto a la provincia de Entre Ríos: hasta los mediados de diciembre de 2012 suman 53 los prostíbulos cerrados.- El cierre de prostíbulos se agilizó tras la creación de la División Trata en la Policía. El gobernador Sergio Urribarri recibió un informe oficial sobre las acciones que se vienen desarrollando en la provincia para combatir la Trata de Personas, en el que se da cuenta del cierre de 53 prostíbulos y el rescate de 25 mujeres víctimas de explotación sexual, entre otras acciones. “La trata de personas es una amenaza a la vida democrática y el estado de derecho, así hay que concebirla para atacarla”, dijo el gobernador a horas de que se inicie en el Congreso Nacional el debate del proyecto que modifica la ley sobre prevención y sanción de la trata de personas. “La trata tiene sentido en la prostitución. Si reducimos la prostitución, reducimos la posibilidad de la trata. Y en Entre Ríos hemos dado pasos gigantes en ese sentido”, agregó el mandatario. Mencionó también, que el año pasado se implementó el Protocolo Interministerial e Intersectorial de Acciones Destinadas a la Prevención, Protección y asistencia Integral de la Violencia de Género y Violencia Familiar. A través de este órgano, surgido a partir de la tarea realizada desde las Secretaría General de la Gobernación y la Secretaría del Ministerio de Gobierno y Justicia, se encararon instancias de formación para funcionarios y fuerzas de seguridad que trabajan en la temática, además de la incorporación de más de 60 municipios al trabajo en conjunto en la erradicación de la violencia en todas sus manifestaciones, entre otras acciones. ÁREA ESPECÍFICA. El gobierno de Entre Ríos dispuso en 2008 la creación en la Policía de la División Trata de Personas que se encuentra a disposición de la población para que suministre cualquier tipo de información o, si se siente damnificada, concurra a la dependencia. Este organismo, que depende de la Dirección de Investigaciones de la Policía de Entre Ríos, está integrado por 13 efectivos. Ese número se amplía para realizar los procedimientos, puesto que cuenta con el apoyo de la totalidad de las jefaturas departamentales para cumplimentar los procedimientos, junto a funcionarios judiciales de cada jurisdicción. El organismo tiene en funcionamiento una nueva línea telefónica y una dirección de correo electrónico a disposición de la población para que suministre cualquier tipo de información. La línea habilitada es 0343-4209225 o se pueden enviar mensajes de texto al 156222278 o al 154602021, y el correo electrónico estratadepersonas.per@gmail.com. Clausuras y detenciones: La División Trata de Personas detalló que en el último año se efectuaron clausuras junto al municipio de siete locales de la ciudad de Paraná, con alternadoras. Por otra parte, se efectuaron 42 allanamientos en locales nocturnos en distintos lugares de la provincia y se detuvo a 12 personas. Por exhorto judicial en la provincia de Santa Fe se efectuaron allanamientos y se halló a dos menores en situaciones vinculadas al tráfico de personas por parte de redes. Este año se individualizó y rescató a tres menores en wisquerías. En otros allanamientos se localizó a cinco personas en estados de la trata. También se practicaron allanamientos con autorización de la Justicia en quintas de la ciudad de Victoria, donde se localizaron personas de nacionalidad boliviana en condiciones de trata de personas. Además, se realizó un operativo con el Ministerio de Trabajo en la ciudad de San Benito, departamento Paraná, donde se localizó a personas de nacionalidad paraguaya, que se encontraban en situaciones de explotación laboral por parte de comerciantes de origen asiático, entre otras acciones. Importancia de la Prevención en esta problemática: el rol del docente ¿Por que los docentes ocupan un lugar privilegiado para ayudar a difundir las necesarias acciones de prevención?, debido a: - Su contacto cotidiano con alumnos y alumnas, circunstancia que les permite, en ocasiones, percibir oportunamente violaciones de derechos. - La alta valorización que tienen entre los niños, niñas y adolescentes. - Su compromiso en el cuidado de sus alumnos y alumnas. Por ello se considera necesario fomentar instancias de participación activa en la escuela con alumnos/as, padres y madres y la comunidad (talleres, juegos, debates, etc.), donde se transmita la información adecuada según los destinatarios del este tema, para sensibilizar a la sociedad sobre este grave problema y canalizar la acción hacia las vías institucionales que correspondan. Para combatir la trata es necesaria la efectiva protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes ¿Qué factores hacen más vulnerables a los niños y niñas como víctimas? • Escaso conocimiento del tema, lo que genera poca sensibilización y actitudes discriminatorias. • Tolerancia social: el consentimiento de estas prácticas lleva a ser cómplice de estos delitos, y ello reproduce la cadena de impunidad. • Influencia de los medios de comunicación, al reflejar la imagen de mujer como objeto sexual y reproducir los patrones de dominación masculina. • La iniquidad hacia mujeres y niñas: la discriminación de género traducida en desigualdad legal y social es un caldo de cultivo para los tratantes. • Falta de alternativas de oportunidades de inserción laboral y social. • La pobreza: la necesidad económica eleva la vulnerabilidad ante los tratantes. • La posibilidad de engañarlos con incentivos falsos. • Insuficiencia de control y denuncia adecuados para la persecución y sanción criminal a los tratantes, clientes y funcionarios cómplices involucrados. • Escasas campañas informativas sobre este tema. • La baja tasa de matriculación escolar, repitencia o fracasos escolares desestimula a los niños y niñas y los expone a los niños y niñas a ser fáciles presas de las redes. • Falta de registro de nacimiento en algunas regiones del país. • Demanda de explotación sexual no cuestionada y mano de obra barata. • Desastres humanitarios y conflictos armados. • Niños y niñas carentes de cuidados parentales. TRATA DE PERSONAS, ESPECIALMENTE MUJERES Y NIÑAS, UNA FORMA DE ESCLAVITUD MODERNA ¿Cómo impacta en los niños, niñas y adolescentes ser víctimas o haber sido víctimas? • Impacto emocional: los sentimientos de vergüenza, culpabilidad y baja autoestima son frecuentes. Después de haber sido rescatadas de estas redes suelen ser estigmatizados por la comunidad. • Impacto físico: al estar más expuesto a la explotación sexual son más proclives a contraer infecciones de transmisión sexual, incluyendo el VIH/SIDA. • Impacto psicosocial: puede afectar el desarrollo psíquico. Sufren efectos destructivos de su desarrollo psíquico, lo que podría derivar en alteraciones en su convivencia social y deterioros significativos en su capacidad de aprendizaje. EN RESUMEN La trata de personas es un delito cometido por redes que reclutan, secuestran, trasladan, alojan y explotan a las víctimas. La persona que, mediante engaños, amenazas o violencia es obligada a hacer cosas contra su voluntad es víctima de un delito. Sin duda, en lo referente a la Prevención de la Trata de Personas, debemos asumir el compromiso como ciudadanos, e involucrarnos en forma responsable en su prevención. Cada uno desde el lugar que le corresponde. La idea fundamental no es “hacer una casería de brujas” de los explotadores o “cabecillas”, quienes se llevan el rédito económico ilegal de esta problemática antes descripta, al contrario, en nuestra tarea cotidiana, debemos incrementar al máximo el dialogo con nuestros hijos, con los docentes, con vecinos, estar alertas ante cambios de conductas de los jóvenes, observar la aparición de desconocidos en las ciudades, a horarios poco usuales, con actitudes que nos parezcan sospechosas… Ampliar y profundizar la comunicación y conformar redes solidarias de prevención, a mi humilde entender, es un paso importante para evitar, que la “Trata de Personas “no nos sorprenda en la comunidad. No debemos esperar todo de la Justicia, quien actuara, o no, correcta y en forma incorrecta, ante hechos consumados. Tenemos que reflexionar y aprender a cumplir con nuestro pequeño gran rol social en la prevención de estos flagelos contemporáneo que ponen en riesgo el goce de los derechos humanos. Ese debería ser nuestro desafío y compromiso.

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